Familias y jóvenes con acogida temporal

FAQs: 

¿Quién puede presentar una solicitud de la lotería escolar en nombre de un menor en acogida temporal?

No existen restricciones sobre quién puede presentar una solicitud en nombre de un estudiante, pero solo puede haber una solicitud por estudiante. Quienquiera que complete una solicitud debe poder suministrar información precisa acerca del menor (esto es, fecha de nacimiento, grado, dirección residencial del tutor, selecciones de escuelas), y debe poder recibir y actuar de acuerdo con las notificaciones en relación con esta solicitud. La persona que la presente debe proporcionar una copia de la solicitud presentada al tutor legal para su archivo. Un padre/madre sustituto (comúnmente conocido como “padre recurso” en DC) no tiene la autoridad exclusiva en la toma de decisiones para decidir o cambiar la colocación escolar del menor a su cargo. Para recibir orientación adicional sobre la toma de decisiones educativas, los padres sustitutos o de recurso pueden consultar el capítulo 9 del Manual de Recursos para Padres emitido por la Agencia de Servicios para Niños y Familias (CFSA, por sus siglas en inglés) a través del siguiente enlace: https://cfsa.dc.gov/page/resource-parent-handbook-2018

¿Si presento una solicitud para la lotería escolar en nombre de un menor que está cambiando de colocación (pero que estará a mi cargo), qué dirección debo usar en la solicitud de la lotería?

Los jóvenes en acogida temporal que están en transición deben utilizar su dirección más estable en la solicitud de My School DC, esta puede ser la dirección actual (si no saben dónde serán reubicados) o la dirección dónde saben que estarán para la fecha límite de inscripción, cuando se deban tomar decisiones sobre las elecciones de la lotería.

El menor a mi cargo está bajo la tutela de DC pero vive conmigo en Maryland. ¿Cómo puedo saber qué escuela está dentro de la zona escolar correspondiente al lugar donde vive de las escuelas públicas de DC?

La escuela dentro de la zona escolar correspondiente al lugar donde vive un menor en acogida temporal se basa en la dirección en DC del padre/madre biológico o cuidador que tenía anteriormente la custodia del menor. Para encontrar la escuela dentro de la zona escolar correspondiente al lugar donde vive, simplemente visite el Buscador de escuelas, ingrese la dirección anterior en DC del menor y le mostrará las escuelas dentro de la zona escolar del menor. Si no tiene la dirección anterior, contacte a su trabajador social de CFSA para que lo guíe.

¿El menor bajo mi cuidado tiene preferencia de hermano en la escuela pública donde asisten mis hijos biológicos?

Debe ponerse en contacto con las escuelas que le interesan para conocer los detalles de cómo estas definen el concepto de hermano para determinar la preferencia de hermano. Los niños que viven bajo el mismo techo no necesariamente son elegibles para recibir preferencia de hermano en una escuela.

¿Quién está autorizado para inscribir en la escuela a un menor en acogida temporal -- el trabajador social o el padre/madre sustituto?

La decisión de aceptar la asignación de la lotería escolar y dónde inscribir a un menor en la escuela recae sobre el padre o la madre o a la persona con la autoridad de tomar decisiones educativas para el menor. En el caso de un menor en acogida temporal, esos derechos por lo general permanecen con el padre o la madre biológico(a) del menor, a menos que: 1) el tribunal haya rescindido sus derechos, 2) el tribunal haya asignado el menor a un responsable de la toma de decisiones en materia de educación alternativa, o 3) se haya colocado recientemente al menor en acogida temporal o el menor haya cambiado recientemente de hogar de acogida y el trabajador social tenga la autoridad de determinar el interés superior del menor con respecto a qué escuela debe asistir, luego de consultar con otras personas que lo conocen. En ningún momento, el padre o la madre de acogida o el sustituto de un menor debe aceptar una asignación de la lotería escolar o inscribir a un menor en una escuela nueva sin consultar con el trabajador social del menor y otros integrantes del equipo.

¿Qué formulario de residencia necesito para comprobar que soy el tutor/tutora del menor?

Como padre/madre sustituto de un niño de DC que está en acogida temporal, no necesita comprobar la residencia en DC. Todos los jóvenes que están en acogida temporal o "bajo la tutela del estado" son residentes del Distrito y tienen derecho a inscribirse y asistir a las escuelas públicas de DC. Durante el proceso de inscripción, debe proporcionar una copia de la "carta de custodia" del menor que recibió de la agencia de acogida temporal cuando el niño fue colocado en su hogar. Tenga en cuenta: si la carta de custodia tiene el número de seguro social del menor, debe tacharlo antes de entregar la carta a la escuela para proteger al niño de robo de identidad. La escuela no está autorizada para exigir el número de seguro social del estudiante para inscribirlo.

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